martes, 25 de septiembre de 2012

Derechos y obligaciones de los practicantes de la libertad de expresión


*Desde la postura de la investigadora y catedrática universitaria Perla Gómez Gallardo

Félix Morriña

¿Sabía usted que en materia civil, el daño moral, según los Códigos Civiles de México lo definen como la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, efectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás? Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o síquica de las personas. Se considera que hecho ilícito es toda conducta humana culpable, por intención o negligencia. También existe la Reparación Moral que va acompañada cuando hay daño material. Se invita al lector a conocer sus derechos y obligaciones, y en este caso, los dirigidos a los practicantes de la libertad de expresión, tema que a todos compete saber.
            De esta manera, los poco más de 50 asistentes a la Cámara de Diputados del Estado de México, al mediodía del pasado martes 25 de septiembre, leyeron previamente en un tríptico las bases del marco normativo de la conferencia magistral Responsabilidad civil y penal por abuso de la libertad de expresión en México, impartida por la catedrática de posgrado en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Perla Gómez Gallardo, donde dio a conocer además que en materia penal, ¿cuáles son los delitos contra el honor? “Los códigos penales del país establecen principalmente los siguientes: Difamación, calumnia e injuria. Son aquellos actos que afectan la reputación y la consideración que de una persona tienen los demás. En materia federal se derogaron los delitos contra el honor, no obstante mientras los delitos existan en la República siguen vigentes”.
            La ponente Gómez Gallardo puso sobre la mesa de análisis y discusión varios temas nodales respecto de las libertades en la que se debe desenvolver el periodista, pero antes delimitó ese concepto que para muchos no estaba completamente definido: “Periodista es aquel que desempeña de manera habitual esa ocupación, ya sea remunerada o no, porque no todos los que practican el periodismo cobran por sus servicios, por lo que muchas veces tiene el periodista que emplearse en otras disciplinas. El periodista no tiene que acreditar que lo es, porque se enfrentaría a una doble afrenta ante las autoridades una vez que no pueda mostrar sus credenciales. Debe defenderse”.
            Como muchos saben, la materia prima, la esencia de todo periodista es la credibilidad. Una vez que ésta se pierde, como sucede con la reputación, es muy, pero muy difícil recuperarla. Todo periodista debe cuidar de su credibilidad y reputación, por lo que deberá cuidar mucho de no invadir la intimidad de las personas públicas para dar a conocer trivialidades con el fin de vender sus materiales, que en ese momento dejan de ser periodísticos para despertar el morbo de la población, que eso sí es mera acción mercantil, cuyos resultados son materia de análisis jurídico normativo.
            En cuanto al ejercicio pleno del periodismo, Perla Gómez Gallardo dijo que todo practicante debe hacerlo en completa libertad, por lo que debe haber leyes temporales en cada una de las 32 entidades federativas que deban ser modificadas conforme los tiempos y espacios lo determinen, y no con leyes que no ayudan a desempeñar el principal rol de informar a la sociedad, porque entonces quedan a merced de las autoridades del sector público. Del sector privado, dijo es más difícil investigar, porque tienen el derecho a cuidar de sus datos individuales, pero se puede hacer siempre y cuando se tenga veracidad, credibilidad de lo que se está informando.
“Para atacar, investigar a fondo publicando las anomalías del sector público, si no se tienen las herramientas suficientes y los papeles en regla y en completo orden de la empresa a la que se trabaja (finanzas sanas, pago puntual de impuestos, auditorías, pago de servicios, pago de las cuotas de servicios salubres del trabajador, entre otras tantos gastos), se está a merced de las leyes que aplican los servidores públicos y entonces tienden a desaparecerlos por razones extra periodísticas”, acotó la también abogada defensora en casos emblemáticos de libertad de expresión, no sin antes enfatizar que no hay que tener miedo a ejercer la profesión pese a este tipo de actos.
            La también coordinadora de la Cátedra Interamericana de Derecho de la Información de la Organización de Estados Americanos (OEA) y de Trust de las Américas, agregó que el gremio periodístico es considerado como uno de los tantos grupos vulnerables en México y varias partes del mundo, debido a razones diversas, entre ellas, y tal vez la principal, los bajísimos ingresos por su ardua labor cotidiana, además de los riesgos a los que son sometidos, o a los que fueron asignados, o en su caso, aceptados, todo en pro de la responsabilidad social y ética a la que se deben.
            Uno de los puntos principales que dejó a la recién conformada 58 Legislatura mexiquense, la autora de las obras Libertad de expresión, protección y responsabilidades; Moral pública y libertad de expresión (coautoría con el fallecido ex rector de la UNAM, Jorge Carpizo McGregor y Ernesto Villanueva) y Manual para periodistas, fue que se debe legislar para que el Estado pague indemnizaciones a las familias de periodistas fallecidos en zonas de peligro, o por haber sido víctimas del crimen organizado u otras omisiones en las que no haya podido resolver después de cierto tiempo que se haya planteado en la iniciativa de ley, como también dejó en claro que en este país ya existe la transparencia y acceso a la información, pero no existe la rendición de cuentas, y es ahí donde el Estado mexicano debe progresar para lograr medianamente una democracia a mediano y largo plazo.
            Por otro lado, a decir de la Fundación para la Libertad de Expresión (Fundalex), la Editorial Bosque de Letras y la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, el libro Acercamiento a la Libertad de Expresión. Diez visiones multidisciplinarias (2010) es el primer libro en Latinoamérica en realizar un ejercicio reflexivo desde los aportes de la filosofía, la economía, la sociología, el institucionalismo, el sicoanálisis, el litigio, los aspectos judicial y organizacional, así como la crónica, en un mosaico de análisis de la libertad de expresión, por lo que la coordinadora de este libro, la profesora e investigadora titular C de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), plantel Cuajimalpa, Perla Gómez Gallardo, recomienda ampliamente su lectura para ahondar mucho más en el complejo tema de los derechos y obligaciones de los practicantes de la libertad de expresión. El libro en cuestión tiene el prólogo de Luis Raúl González Pérez, abogado general de la UNAM.
            “El derecho de libre expresión cuando nadie contradice al gobierno, la libertad de prensa cuando nadie está dispuesto a formular las preguntas importantes, el derecho de reunión cuando no hay protesta, el sufragio universal cuando vota menos de la mitad del electorado, la separación de la Iglesia y el Estado cuando no se repara regularmente el muro que los separa. Por falta de uso, pueden llegar a convertirse en poco más que objetos votivos, pura palabrería patriótica. Los derechos y las libertades o se usan o se pierden”, expresó el escritor y divulgador científico Carl Sagan para redondear el tema que el pasado martes convocó al gremio periodístico del Valle de Toluca con miras a visualizar mejoras para todos sus integrantes.

fmorrina@yahoo.com.mx
Twitter: @fmorrina

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